El diputado del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), compañero Carlos Emilio López compareció ante el programa «15 Minutos», para brindar detalles sobre la reforma a la Ley General de Regulación y Control de Organismos Sin Fines de Lucro y Agentes Extranjeros.Está reforma mandata a los organismos sin fines de lucro, a qué se inscriban, se suscriban y se sumen al modelo de desarrollo que tiene Nicaragua.
«Está reforma institucionaliza, normativiza, incluye en el ordenamiento, legaliza la nueva disposición operativa de las alianzas de asociaciones, que es una normativa que regula el funcionamiento de los organismos sin fines de lucro», dijo.
El Diputado López, explicó que está reforma tiene que ver con 3 leyes: la Ley General de Regulación y Control de los Organismos sin Fines de Lucro, la Ley de Regulación de Agente Extranjeros y la Ley Tributaria.
«Está reforma obliga a los organismos sin fines de lucro a cumplir con las leyes nacionales y a trabajar de forma articulada y unida con el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional. Está ley regula el funcionamiento de lo que antes conocíamos como organismos no gubernamentales o fundaciones, esa terminología ya cambio, ahora es Organismos sin Fines de Lucro. Estos organismos deben trabajar bajo el modelo de desarrollo y hacerlo de forma unificada con todas las instituciones del gobierno central, con todas las expresiones de los gobiernos municipales en unidad, trabajando en la misma ruta, en la misma dirección, bajo los mismos objetivos y fines de luchar contra la pobreza», agregó.
Señaló que está reforma faculta al Ministerio del Interior para registrar a los organismos sin fines de lucro bajo alianzas de asociación.
«Cada organismo sin fines de lucro que preste un servicio, un bien o tenga un contenido que este vinculado a la acción de una institución de gobierno debe inscribir su programa, su proyecto ante el Ministerio del Interior. Será el Ministerio del Interior a través de la Dirección de Control de los Organismos Sin Fines de Lucro que va a recepcionar la Alianza de las Asociones, se van a registrar y los organismos tendrán que cumplir con las leyes nacionales […]», agregó.
Estás regulaciones normativas no solamente existen en Nicaragua, sino que también en todo los países del mundo. «Y en el norte cuando se incumplen con las normativas reguladoras y personas y funcionarios de estos organismos cometen actos de corrupción, enriquecimiento ilícito las sanciones son cárcel, la privación de libertad. En el caso de Nicaragua la sanción es administrativa, es la cancelación de la personalidad jurídica», subrayó.
López también destacó que, la reforma jurídica consigna que los organismos sin fines de lucro y los agentes extranjeros no serán ni objetos, ni sujeto de exoneraciones o exenciones tributarias, fiscales, es decir no recibiran ningún tipo de beneficios fiscales, pagarán todos los impuestos como todas las personas naturales y jurídicas de Nicaragua.
La ley establece exenciones y exoneraciones tributarias, únicamente para la Cruz Blanca Nicaragüense, Bomberos, partidos políticos, organizaciones sindicales y las comunidades de los pueblos originarios y afrodescendientes que tienen personalidad jurídica.
«El objetivo de esta reforma es que caminemos en una sola ruta, la Constitución Política y las leyes establecen que el Estado es el formulador, el rector, el implementador de las políticas públicas y de los programas de desarrollo», añadió López.
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