El pasado martes 14 de julio, la Asamblea Nacional aprobó los decretos correspondientes al Tratado entre la República de Nicaragua y la Federación de Rusia sobre Extradición y al Tratado sobre Traslado de Personas Condenadas a la Privación de Libertad, ambos suscritos el 5 de junio de 2026 en la ciudad de San Petersburgo. Las iniciativas fueron aprobadas con 91 votos en lo general y forman parte de los mecanismos de cooperación jurídica internacional utilizados por los Estados para facilitar la colaboración entre sus respectivos sistemas judiciales en materia penal.
El tratado de extradición establece el marco legal mediante el cual Nicaragua y Rusia podrán solicitar la entrega de personas acusadas o condenadas por delitos para ser juzgadas o cumplir sentencias en el territorio requirente, mientras que el acuerdo sobre traslado de personas condenadas permitirá que ciudadanos nicaragüenses sentenciados en Rusia puedan cumplir el resto de sus penas en Nicaragua y que ciudadanos rusos condenados en Nicaragua puedan hacerlo en su país de origen, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por ambas legislaciones y exista conformidad entre las partes involucradas.
La figura de la extradición no constituye un mecanismo reciente dentro del derecho internacional. Los antecedentes históricos más antiguos conocidos se remontan aproximadamente al año 1259 antes de Cristo, cuando el faraón Ramsés II y el Imperio Hitita suscribieron el denominado Tratado de Kadesh, considerado uno de los primeros acuerdos de paz y extradición de la historia. Desde entonces, la cooperación entre Estados para la entrega de personas reclamadas por la justicia evolucionó hasta convertirse en una de las principales herramientas del derecho internacional penal contemporáneo.
El objetivo fundamental de los tratados de extradición ha sido históricamente evitar la impunidad y garantizar que las fronteras internacionales no sean utilizadas como refugio por personas acusadas o condenadas que intenten evadir la acción de la justicia trasladándose a otro país. La expansión del crimen organizado, el narcotráfico, el lavado de dinero, la trata de personas y otros delitos transnacionales llevó a la comunidad internacional a fortalecer los mecanismos de cooperación judicial para responder a fenómenos delictivos que operan más allá de las fronteras nacionales.
Los tratados modernos de extradición incorporan principios jurídicos desarrollados durante décadas por el derecho internacional y la práctica de los Estados, con el propósito de garantizar que la cooperación entre sistemas judiciales se realice bajo reglas claras y respetando los derechos de las personas involucradas en estos procedimientos. Entre ellos figura el principio de doble incriminación, mediante el cual el hecho por el que se solicita la extradición debe constituir delito tanto en el país requirente como en el Estado requerido; también aparece el principio de especialidad, que impide que la persona entregada sea procesada posteriormente por delitos distintos a aquellos que motivaron la solicitud original, junto al debido proceso, el derecho a la defensa y la posibilidad de contar con asistencia jurídica e intérpretes cuando el idioma constituya una barrera para el ejercicio pleno de sus derechos procesales.
De igual forma, numerosos tratados internacionales establecen limitaciones y causales para rechazar solicitudes de extradición cuando se trate de delitos de naturaleza política, cuando existan indicios de persecución por razones de nacionalidad, religión, origen étnico o posiciones ideológicas, o cuando la persona requerida pudiera quedar expuesta a penas, procedimientos o condiciones incompatibles con los estándares internacionales de protección de los derechos humanos.
A ello se suman otros principios ampliamente reconocidos, como la reciprocidad entre Estados, la prohibición de juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos, conocida jurídicamente como non bis in idem, y la obligación de que cada solicitud se ajuste estrictamente a los tratados y normas vigentes entre las partes involucradas, buscando siempre equilibrar la cooperación judicial internacional con las garantías reconocidas por el derecho internacional moderno.
La cooperación judicial mediante tratados de extradición no responde a una determinada orientación ideológica ni constituye una práctica exclusiva de gobiernos de una misma corriente política. Rusia mantiene acuerdos, mecanismos de cooperación o instrumentos similares con numerosos Estados de distintas regiones y sistemas políticos, incluidos países gobernados por administraciones conservadoras y liberales, entre ellos Panamá bajo la presidencia de José Raúl Mulino, identificado con posiciones conservadoras y de centroderecha, Argentina durante la administración del presidente Javier Milei, representante de corrientes liberales y de derecha, Daniel Noboa de Ecuador ubicado como de centro y Brasil durante el gobierno del expresidente Fernando Henrique Cardoso, quien gobernó ese país antes del primer mandato de Luiz Inácio Lula da Silva y era identificado con posiciones de centroderecha y de orientación liberal en materia económica. Estos ejemplos reflejan que los mecanismos de cooperación judicial internacional forman parte de las relaciones entre Estados independientemente de la orientación política de sus gobiernos.
La firma y ratificación de tratados constituye además una facultad soberana reconocida a todos los Estados por el derecho y forma parte del ejercicio normal de las relaciones entre países. Nicaragua, al igual que cualquier otra nación, posee la potestad de establecer acuerdos bilaterales y multilaterales con los Estados que considere conveniente en materia comercial, diplomática, cultural, científica o judicial. En un mundo donde las actividades económicas, las comunicaciones y también las organizaciones delictivas operan cada vez más allá de las fronteras nacionales, los mecanismos de cooperación jurídica entre países han adquirido una importancia creciente para impedir que personas acusadas o condenadas puedan evadir la acción de la justicia trasladándose de un territorio a otro.
Bajo esa lógica se han expandido durante las últimas décadas los tratados de extradición y traslado de personas condenadas, concebidos precisamente para fortalecer la cooperación entre sistemas judiciales y reducir los espacios de impunidad. En ese contexto, la decisión orientada por la Copresidenta Compañera Rosario Murillo y el Copresidente Comandante Daniel Ortega de impulsar la suscripción de estos instrumentos y remitirlos a la Asamblea Nacional para su aprobación, se inscribe dentro del ejercicio de las facultades soberanas que el derecho reconoce a los Estados para definir libremente sus relaciones exteriores y sus mecanismos de cooperación jurídica con otras naciones, entre ellas la Federación de Rusia.